Los hay que no saben mucho, por no decir nada, de casi nada, excepto una cosa, eso sí, esa la saben siempre: "Qué es lo que harían si estuviesen en nuestro lugar".

domingo, 10 de febrero de 2019

RENOVACIÓN ALUMBRADO PÚBLICO. (1)


A estas alturas todos los vecinos de nuestro municipio habrán oído hablar de la propuesta sobre la renovación del alumbrado público de Gozón, además de quejarse, con razón, por la precariedad del servicio. Con la siguiente entrada pretendo explicar el porqué de la propuesta, sin mentiras, y que luego se opine sobre otras opciones, que confieso, como explicaré mas adelante, no hemos encontrado, ni nos han propuesto.
DATOS ACTUALES DEL ALUMBRADO PÚBLICO:
Se ha hecho una auditoria, con estudio de campo, de todo el sistema del alumbrado exterior del municipio de Gozón. El trabajo fue realizado por una ingeniería experta en la materia con un coste de 17.500 €, acordando que cobrarían solo si la renovación sale adelante. El resultado del estudio fue el siguiente:
-Número de puntos de luz. 4.967
-Número de cuadros eléctricos: 107
Tabla resumen sobre consumos y efectos contaminantes:
 
ACTUAL
UNA VEZ RENOVADO
CONSUMO
3.322.369 KWH
643.982 KWH
CO2
emitido a la atmosfera
1.296 Tons.
286 Tons.

El 72% de las luminarias están en mal estado, y el 1% de los soportes.
De los cuadros el 67% están en un estado regular y el 10% mal, entendiendo que hablamos también de problemas de seguridad.
La propuesta, licitada y pendiente de adjudicación, es actuar en todos los cuadros, cambiar todas las luminarias a tecnología led, incluir la instalación de unos 50 nuevos puntos de luz demandados por los vecinos y sustituir los soportes en mal estado. El coste de todo asciende a 2.500.000 € más IVA. A su vez se introduciría un sistema de telegestión que se traduciría en un control de la intensidad de la iluminación y del estado de cada punto de luz (Apagado o encendido) vía telemática, es decir, ya no sería necesario que los vecinos tuviesen que llamar para decir que una determinada farola está apagada. Dicho sistema de telegestión deberá estar correctamente instalado y operativo en las oficinas técnicas de las dependencias municipales.
La vida útil de las lámparas se estima entre 10 y 12 años, por lo que se propondrá la renovación total de las mismas a los 12 años, con un coste de 750.000 € más IVA.
A su vez, la empresa adjudicataria se encargaría del mantenimiento y gestión del alumbrado, incluida la limpieza de las luminarias, con un coste estimado en 170.000 € anuales mas IVA, con la inclusión de un seguro de garantía total por importe de 24.000 €, este seguro incluiría la reposición de cualquier daño en la instalación fuese por la causa que fuese (Climatología, accidente, robo, vandalismo etc).
Actualmente tenemos lámparas que están prohibidas desde el año 2015, las de vapor de mercurio, un 4%.
¿POR QUÉ PROPONEMOS ESTA SOLUCIÓN?
Somos conscientes de que no somos capaces de dar un buen servicio de mantenimiento de nuestro alumbrado público, por falta de medios materiales y humanos. Estimamos que sería necesario un mínimo de 4 trabajadores para poder tener un servicio disponible los 365 días del año, trabajadores que deberían tener la cualificación necesaria para poder llevar a cabo la telegestión.
También hay que tener en cuenta el mantenimiento de todos los edificios públicos, incluidos colegios y centros sociales, y las instalaciones  temporales necesarias ante eventos culturales, festivos y deportivos. Para muchos de estos trabajos es necesario contratar servicios externos ya que no tenemos ningún especialista que pueda emitir los boletines exigidos por la normativa vigente. Con esto quiero decir que la plantilla actual es a todas luces insuficiente, con un solo oficial electricista, el resto que apoyan en el servicio son peones del servicio de obras, servicio a su vez muy deficiente en número de operarios.
La renovación de todo el alumbrado a tecnología led, el suministro de energía, la telegestión, el mantenimiento los 365 días del año, con un tiempo de respuesta máximo de 24 horas, y garantía total tendría el mismo coste que la factura actual por todos esos conceptos, y el coste sería de unos 480.000 € .
El ahorro en la factura de la energía, la que se paga a EDP o Iberdrola, sería del 75% , 240.000 € anuales, y ese ahorro es el que nos permitiría tener un alumbrado totalmente renovado y mantenido con el mismo gasto presupuestario.
Otra opción, confieso que la que más me gustaría, sería, disponer de 3.000.000 € y 4 operarios destinados al servicio eléctrico, para acometer la renovación y programar un buen mantenimiento con medios propios. Desgraciadamente ni tenemos ese dinero, ni podemos acudir a una operación de crédito dado nuestro nivel de endeudamiento, es decir, ni tenemos personal, ni medios materiales suficientes.
Por otro lado, tenemos solicitada una subvención al IDAE que caso de acometer la obra descrita podría rondar los 800.000 €. Estas subvenciones se conceden sobre certificación de obra ejecutada, es decir, no te dan el dinero para que ejecutes la obra, sino que primero haces la obra, para lo que tienes que tener el dinero disponible, y luego, si es el caso, te dan la subvención.
CONCLUSIONES
 
ACTUAL COSTE
AÑO (€)
¿A QUIÉN SE PAGA?
¿PÚBLICO O PRIVADO?
RENOVACION+MANTENIMIENTO.
PRECIOS LICITACIÓN (€)
GASTO EN CONSUMO ENERGIA
335.000
EDP / IBERDROLA
ELECTRICAS PRIVADAS
95.000
GASTO MEDIO EN MATERIAL MANTENIMIENTO
75.000
DIFERENTES PROVEEDORES
PRIVADOS
 
COSTE DE PERSONAL 2 OPERARIOS
70.000
TRABAJADORES PÚBLICOS
 
COSTE TOTAL
480.000
 
480.000
 
Las conclusiones se extraen solas, el grueso del gasto que actualmente tiene que acometer el ayuntamiento pasaría a recibirlo la empresa adjudicataria en lugar de las eléctricas, ambas empresas privadas.
Como digo, la renovación y gestión de todo el alumbrado público de Gozón está en fase de licitación/adjudicación, y sabemos que las ofertas presentadas supondrán una baja sobre los precios señalados, así como una serie de mejoras tecnológicas, como son por ejemplo la utilización de la nueva red de suministro como red de transmisión de datos a alta velocidad que permitirán dotar de WIFI a todos los centros sociales, y que sea utilizada por el ayuntamiento como red propia de INTERNET.
Los actuales trabajadores seguirían desempeñando sus funciones en la plantilla del Ayuntamiento, controlando la adecuada gestión del servicio y encargándose del mantenimiento eléctrico de todos los edificios públicos, tareas para les llevaran dedicación plena y que hoy en día no se pueden hacer adecuadamente por falta de personal.
Por lo expuesto, pido a quien dice que privatizamos un servicio, que enumere que es lo que se privatiza. Dejaríamos de pagar a la empresa eléctrica (EDP) para pagar a la que nos renueve y mantenga el alumbrado, y sobre todo, que digan de una vez cuál es su alternativa.
La propuesta de la mesa de contratación formada por 2 técnicos de la FAEN, uno de ellos actuando como presidente, y el Secretario, el Interventor y la Tesorera del Ayuntamiento, fue adjudicar a FERROVIAL el contrato por un importe de 425.000 €, es decir, por lo mismo que nos cuesta actualmente la energía que pagamos a EDP más los suministros que hay que adquirir para el mantenimiento precario que hacemos. No se ha llevado aún a aprobación de pleno porque dos de las empresas licitadoras han presentado recurso sobre la decisión de la mesa, y hasta que se resuelva no se dará este último paso, ya que sea cual sea la decisión del pleno, toda la tramitación administrativa se hará con todas las garantías legales y técnicas, sin prisas. Y entre tanto igual I.U. encuentra su alternativa y la propone.

domingo, 18 de junio de 2017

EL I.B.I. DE LOS HÓRREOS Y PANERAS.

En el Pleno de Fecha 1 de Marzo de 2017,  I.U. y PP aprobaron aplicar una exención fiscal a los hórreos y paneras. El acuerdo aún no se ha aplicado porque los servicios económicos y jurídicos no lo ven posible, como ya advertimos. Estamos a la espera de que ambos Grupos, I.U. y P.P., expliquen que piensan hacer con su acuerdo. El Grupo Socialista votó en contra por las razones que se explican a continuación:

        La tributación de los bienes inmuebles - Naturaleza, hecho imponible, exenciones, etc-  viene recogida en  el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, (En adelante TRLHL). Así el artículo 61.3 del TRLHL establece que: A los efectos de este impuesto, tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos, de bienes inmuebles urbanos y de bienes inmuebles de características especiales los definidos como tales en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario.

Debemos por tanto acudir a la norma que regula el Catastro Inmobiliario para determinar que se entiende por bien inmueble. Históricamente el Catastro nunca consideró a los hórreos y paneras a la hora de valorar las construcciones de las parcelas.

Es la Ley 48/2002, de 23 de diciembre, del Catastro Inmobiliario, la que en su artículo 2, incluye como construcciones, sin citarlos expresamente, a los hórreos, paneras y construcciones de naturaleza similar. La citada Ley fue derogada por El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (En vigor desde el 9 de marzo de 2004), que recogió fielmente la definición. Así, su artículo 7 define lo que se entiende por construcciones:

 A efectos catastrales, tendrán la consideración de construcciones:
a) Los edificios, sean cualesquiera los materiales de que estén construidos y el uso a que se destinen, siempre que se encuentren unidos permanentemente al suelo y con independencia de que se alcen sobre su superficie o se hallen enclavados en el subsuelo y de que puedan ser transportados o desmontados".
 
         La determinación de la fecha de aplicación de la nueva catalogación de bienes inmuebles la encontramos en la Disposición transitoria primera  del RDL 1/2004:

1. La clasificación de bienes inmuebles rústicos y urbanos establecida por esta Ley será de aplicación a partir del primer procedimiento de valoración colectiva de carácter general que se realice con posterioridad al 1 de enero de 2003, manteniendo hasta ese momento los inmuebles que figuren o se den de alta en el Catastro la naturaleza que les correspondería conforme a la normativa anterior a la Ley 48/2002, de 23 de diciembre, del Catastro Inmobiliario

Es por tanto a medida que van teniendo lugar los procedimientos de valoración colectiva de carácter general, conocidos como "revisiones catastrales", cuando los hórreos y paneras pasan a tener la consideración de bienes inmuebles a efectos catastrales, a pesar de su naturaleza de "muebles", aun cuando se trata de "edificaciones que pueden ser transportadas o desmontadas".

 
La Ley 48/2002, de 23 de diciembre, del Catastro Inmobiliario, refundida como se señaló en el RDL 1/2004, modificó el régimen de delimitación entre suelo rústico y urbano abandonando el sistema que contenía la Ley 39/19888, Reguladora de las Haciendas Locales, que consideraba urbano todo suelo que albergase una construcción, adoptando un nuevo modelo basado en la clasificación urbanística del suelo según el planeamiento general. Es decir, al caso que nos ocupa, un hórreo tributará como rústico o urbano, dependiendo de la naturaleza del suelo en el que halle emplazado (Artículo 7.1 del RDL 1/2004).

 Acudamos ahora a las estipulaciones del TRLHL, para determinar, la base imponible, el tipo de gravamen, exenciones y bonificaciones que se pueden o deben, en su caso, aplicar a los hórreos y paneras:

·         Base imponible. (Artículo 65)

La base imponible de este impuesto estará constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles, que se determinará, notificará y será susceptible de impugnación conforme a lo dispuesto en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario.

        El Valor Catastral lo fija el Catastro, dependiente del Ministerio de Economía y Función Pública.

·         Tipo de gravamen. (Artículo 72)

1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 por ciento para los urbanos y 0,90 por ciento para los rústicos.

2. El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de características especiales, que tendrá carácter supletorio, será del 0,6 por ciento. Los ayuntamientos podrán establecer para cada grupo de ellos existentes en el municipio un tipo diferenciado que, en ningún caso, será inferior al 0,4 por ciento ni superior al 1,3 por ciento.

        Por lo tanto, los tipos de gravamen aplicables a los hórreos estarán comprendidos entre los mínimos y máximos señalados en el apartado 1, teniendo en cuenta que la naturaleza de rústico o urbano la determinará el suelo en que se halle enclavado.

 
·         Exenciones (Artículo 62)

2. Asimismo, previa solicitud, estarán exentos:

b) Los declarados expresa e individualizadamente monumento o jardín histórico de interés cultural, mediante real decreto en la forma establecida por el artículo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, e inscritos en el registro general a que se refiere su artículo 12 como integrantes del Patrimonio Histórico Español, así como los comprendidos en las disposiciones adicionales primera, segunda y quinta de dicha Ley.

 

La Disposición Adicional segunda de la Ley 16/1985 establece que se consideran asimismo de Interés Cultural y quedan sometidos al régimen previsto en la presente Ley los bienes a que se contraen los Decretos de 22 de abril de 1949571/1963 y 449/1973.

El Decreto 449/1973 declara en su artículo 1 que quedan bajo la protección del Estado todas las construcciones conocidas con el nombre de “hórreos” y “cabazos” existentes en las regiones de Asturias y Galicia que tengan una antigüedad no menor de un siglo y sea cualquiera el estado en que se encuentren.

 ·         Bonificaciones obligatorias. (Artículo 73)

Ninguna de las recogidas en el artículo resulta aplicable.

 
·         Bonificaciones potestativas. (Artículo 74)

1. Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 90 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto a favor de los bienes inmuebles urbanos ubicados en áreas o zonas del municipio que, conforme a la legislación y planeamiento urbanísticos, correspondan a asentamientos de población singularizados por su vinculación o preeminencia de actividades primarias de carácter agrícola, ganadero, forestal, pesquero o análogas y que dispongan de un nivel de servicios de competencia municipal, infraestructuras o equipamientos colectivos inferior al existente en las áreas o zonas consolidadas del municipio, siempre que sus características económicas aconsejen una especial protección.

Las características peculiares y ámbito de los núcleos de población, áreas o zonas, así como las tipologías de las construcciones y usos del suelo necesarios para la aplicación de esta bonificación y su duración, cuantía anual y demás aspectos sustantivos y formales se especificarán en la ordenanza fiscal.

 

        Es en este punto, bonificaciones potestativas, donde hemos visto recientemente propuestas de grupos políticos, alguna asociación cultural, e historiadores a título individual, que resultan de imposible aplicación. Repasemos alguna de ellas:

·         Aplicar lo previsto en el artículo 74.2 quáter: Los ayuntamientos mediante ordenanza podrán regular una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.

Es evidente que en el hórreo, de forma aislada y autónoma no se desarrolla ninguna actividad económica, sino que, en su caso, ésta formará parte y estará ligada a la explotación agraria, a cuyas edificaciones, en el caso de Gozón por ejemplo, ya se les aplica una bonificación del 50%, pero con base en lo previsto en el artículo 74.1

·         Aplicar lo previsto en el punto 3: Los ayuntamientos mediante ordenanza podrán regular una bonificación de hasta el 90 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de cada grupo de bienes inmuebles de características especiales. La ordenanza deberá especificar la duración, cuantía anual y demás aspectos sustantivos y formales relativos a esta bonificación.

Como se apuntó anteriormente, la definición de bienes inmuebles a los efectos de aplicación del impuesto, es la determinada por el RDL 1/2004 del Catastro Inmobiliario, y ésta dice textualmente que  "Se consideran bienes inmuebles de características especiales los comprendidos, conforme al apartado anterior, en los siguientes grupos: a) Los destinados a la producción de energía eléctrica y gas y al refino de petróleo, y las centrales nucleares. b) Las presas, saltos de agua y embalses, incluido su lecho o vaso, excepto las destinadas exclusivamente al riego. c) Las autopistas, carreteras y túneles de peaje. d) Los aeropuertos y puertos comerciales".

Enumeración que hace imposible el encaje de los hórreos y paneras en ninguno de los grupos.

Conclusiones:
·         La Normativa que regula la tributación del I.B.I. emana de leyes estatales: Ley de Haciendas Locales y Ley del Catastro. Todos los Ayuntamientos Asturianos, y del resto de España, están sujetos al articulado de dichas Leyes, y no pueden tomar iniciativas que no estén "autorizadas" por dichas normas. En este sentido ya se ha pronunciado el Tribunal Supremo al sentenciar que el Ayuntamiento, amparado en la autonomía municipal, NO podía establecer en la Ordenanza reguladora del IBI unos beneficios fiscales no contemplados ni en la Ley Reguladora de Haciendas Locales ni en la Ley General Tributaria.

·           A efectos del I.B.I. solo existen tres tipos de inmuebles:
¨      Urbanos.
¨      Rústicos.
¨      De características especiales.
Los hórreos y paneras tributarán como urbanos o rústicos dependiendo del suelo en que se hallen emplazados. Nunca se les podrá considerar de características especiales.

·           No se puede establecer un tipo diferente de gravamen diferenciando las construcciones. Por ejemplo, una parcela en Núcleo Rural, donde haya construidos una casa, un garaje, una cuadra y un hórreo. El tipo, urbano, en este caso, que fije el Ayuntamiento, se tendrá que aplicar a todas las construcciones, no se puede establecer un 0,74 para la casa, un 0,50 para el garaje y un 0,4 para el hórreo.

·           No existe ninguna previsión en el TRLHL,  Normativa de obligada aplicación, que permita exonerar con carácter general a los hórreos del IBI, es más, es la propia Ley la que los incluye a partir del año 2003.

·           Únicamente el propietario de un hórreo o panera con antigüedad superior a un siglo puede solicitar la exención ante el órgano que gestiona el impuesto. En Asturias este órgano es el Ente Público Servicios Tributarios del Principado de Asturias para casi todos los Ayuntamientos.

·           Todas las bonificaciones posibles serán las mismas que cabría aplicar a los inmuebles rústicos o urbanos, dependiendo de la clasificación del suelo donde se hallen enclavados.

·         Las iniciativas legislativas tendentes a beneficiar fiscalmente a los hórreos y paneras de forma particular, deberán partir del Gobierno Central o plantearse en las Cortes Generales.

·         Para saber cuál es el valor Catastral de un hórreo, o lo que tributa, habrá que acudir a la sede del Catastro y solicitar la información. Los recibos que reciben los contribuyentes, en el caso de Gozón, emitidos por el Ente de Servicios Tributarios del principado de Asturias, determinan el impuesto global de todos los inmuebles que tengan la misma catalogación: Urbano, rústico o características especiales.

 A título informativo:

A continuación se relacionan los concejos en los que la última revisión catastral es anterior a 2003, y que por tanto no tienen incluida la valoración de los hórreos en las fichas catastrales:

Candamo (2000), Cangas de Onís (1999), Cangas del Narcea (1994), Castrillón (1996), Colunga (1999), Corvera de Asturias (2001), Cudillero (1998), Illas (2000), Las Regueras (1994), Laviana (1995), Llanera (1995), Morcín (2000), Muros del Nalón (1998), Navia (1994), Noreña (1994).

 

 

 

 

sábado, 11 de julio de 2015

DISCURSO DE INVESTIDURA COMO ALCALDE DE GOZON.

Salón de Plenos del Ayuntamiento de Gozón. 17 de Junio de 2015.
Muy buenos días a todos.
Quiero que mis primeras palabras como Alcalde sean de recuerdo para un vecino nuestro, Santi, de Budores, hombre de mar que ayer sufrió un desgraciado accidente en Cabo negro y que se encuentra hospitalizado en estado grave, desde aquí desearle una pronta recuperación.
Agradecer al Grupo de I.U. que con su postura haya facilitado la elección de Alcalde, en un gesto que yo considero de normalidad democrática.
Al Grupo del P.P., más allá de las vicisitudes que han rodeado esta sesión  plenaria,  y  que han hecho que seamos el último Ayuntamiento de Asturias en celebrar el Pleno de constitución de la nueva Corporación, agradecerle igualmente sus palabras.
Mi agradecimiento también, como no, a todos los que con su voto han hecho posible que sea el Alcalde de Gozón. Y a los que han votado otras opciones, también agradecerles que hayan participado del ejercicio democrático por antonomasia que es hacer uso del sufragio universal para decir quién quieren que les gobierne.
Agradecimientos que van envueltos de la correspondiente responsabilidad, mucha responsabilidad, de la que soy consciente.
No me he formado ideológicamente leyendo libros, sino, principalmente, escuchando a mis padres y viviendo, viviendo lo que cuesta salir adelante cuando naces en una familia humilde, donde el esfuerzo y el sacrificio son los  elementos de los que dispones para afrontar la vida, y donde lo público, dígase sanidad, dígase educación, son las únicas redes  de seguridad de las que uno dispone mientras transita por la fina alambre de la vida, donde las prebendas y los privilegios, están ausentes, aunque tampoco los busques ni los quieras.
Con estos mimbres uno se hace el cesto en el que acomodar sus principios. Honestidad, honradez, trabajo, esfuerzo, deben guiar la actuación personal.  La lucha por la igualdad absoluta de oportunidades, debe ser el fin que todo aquel que tenga la responsabilidad de gobernar, en el ámbito que sea,  debe perseguir. Créanme si les digo que ese es mi objetivo, y que lo persigo casi con obsesión.
Es mi intención tener muy en cuenta todas las aportaciones de los dos grupos de la oposición, no ignoraré cualquier propuesta que pueda redundar en el bien de todos los vecinos de Gozón, venga de quien venga.
En este sentido, propongo un primer acuerdo para pasar definitivamente la página de la soberbia, desgobierno y menosprecio que han impregnado la vida de nuestra Administración los últimos años, y dar paso a una nueva etapa de seriedad y dignidad, características que los gozoniegos merecen reúna su Ayuntamiento. Este acuerdo solo requiere cumplir tres condiciones, indispensables, eso sí: Convicción democrática, humildad y sentido común. [1]No es tiempo, nunca lo ha sido, de venganzas, inquinas personales, o alborotos irracionales. Esa etapa ha de quedar desterrada definitivamente de los debates entre los que componemos esta corporación, nos lo debemos y se lo debemos a quienes nos han elegido. Mi promesa en ser el primero en dar ejemplo.
La situación económica de nuestro Ayuntamiento es peor que mala, el nivel de gravedad lo sabremos en cuento concluyamos la auditoría que tendremos finalizada a más tardar a fecha 31 de diciembre, tal y como figura en nuestro programa. Pero más allá de esta premisa inicial, no venimos a gobernar Gozón para aplicar cuidados paliativos, venimos para dar un giro de 180 grados a la situación, para optimizar los recursos, para poner a disposición de todos los vecinos, sin distinción, nuestra administración, para, en definitiva, gobernar por y para todos de la forma más rigurosa posible, con justicia y equidad.
Tenemos un programa serio y la firme voluntad de desarrollarlo. Para ello buscaremos los puntos de encuentro, búsqueda que pasa por explicar, hasta donde haga falta, nuestras propuestas y escuchar cualquier sugerencia que ayude a mejorarlas. Sé que será difícil alcanzar el consenso en todo, pero no renunciamos a ello.
Hablaba de nuestro programa. No voy a explicarlo, relatar lo que pensamos hacer en estos cuatro años no pasaría la prueba de vuestra paciencia, pero si enumeraré seis medidas y objetivos que espero les sirva para tener una idea clara de cuál es nuestra voluntad:
1- Reordenación de los Recursos Humanos al objeto de poner al servicio de los ciudadanos los mejores servicios posibles, a los que tienen derecho. Ello, y lo subrayo, no implica ir contra nadie como idea preestablecida. Hablaré lo antes posible con los representantes de los trabajadores a los que trasladaré nuestro modelo organizativo. La elaboración de una RPT y un Convenio Colectivo son instrumentos que quiero completar antes de que finalice el año. Quiero que nuestros empleados públicos gocen del mayor prestigio, porque el que busca desprestigiar al empleado público, busca el desprestigio de lo público. Nuestra administración local necesita una innovación, urgente; por ello, a todos los trabajadores les pido, más que colaboración, implicación y complicidad.
2- Transparencia. Manida expresión que todos usan pero que pocos desarrollan, porque una cosa es predicar y otra dar trigo. Nosotros lo haremos. Pondremos a disposición de todos la información más detallada posible que sirva para saber qué y cómo se gestiona, sin límites prefijados más allá de los marcados por la Legislación vigente.  Utilizaremos todos los medios a nuestro alcance, desde los sistemas informáticos, al boca oreja. El fin último es que todos sepan que están haciendo sus gobernantes.
En la misma línea propondré la celebración de un pleno mensual, con un día y hora fijados, y al final del pleno daré la palabra al público asistente, para que si alguien lo desea pueda intervenir.
3- Control absoluto de todos los bienes públicos y garantía de uso de los mismos en igualdad de condiciones por todos los vecinos. No habrá discriminaciones, y si alguna ha de haber, será en favor de quien más lo necesite.
4- Saneamiento económico. Decía que estamos endeudados hasta casi la asfixia, pero pagaremos las deudas, y saldremos a flote. Será necesario un esfuerzo por parte de todos, pero les pediré más a quienes más tienen, eso pasa por modificar las ordenanzas buscando, por un lado mantener el nivel global de ingresos, no nos podemos permitir el bajarlo, y por otro buscar aliviar a los que peor lo están pasando vía bonificaciones o descuentos, hasta donde la Ley nos permita.
Podría parecer una premisa indiscutible que las diferencias en los programas políticos las marcan los fines a los que se destinan los recursos. A mayor escasez de recursos, menor diferencia en las políticas. Dicho esto, y admitidos los exiguos recursos, no renuncio a que las diferencias se aprecien desde el primer momento, es más, les digo que se notarán desde la próxima semana.
5- Cultura y patrimonio. Lo pondremos en valor y pediremos la colaboración de significados conciudadanos nuestros expertos en la materia. Priorizaremos las colaboraciones de los artistas locales. La situación económica no da para muchas inversiones, pero desde luego que la cultura no estará marginada, tendrá un lugar destacado, por encima de otras actividades lúdicas y/o festivas.
6- Igualdad de trato. Las normas se hacen para cumplirlas, por todos, y su observancia no es una opción, es una obligación. Que pierdan toda esperanza aquellos que acudan a este Ayuntamiento en busca de prebendas o tratos de favor. Gozón será un municipio donde todos serán, y quiero que se sientan, tratados por igual por esta administración. Repito, una vez más, que la única discriminación que puede tener cabida es aquella que se haga a favor de los más desfavorecidos, a favor de aquellos que más lo necesitan.
Llevar a cabo un proyecto así no es, ni puede ser, tarea de uno solo, por mucha capacidad e inteligencia que tenga o que se le suponga. Hace falta un equipo con iniciativa y que a la vez supla las carencias que uno pueda tener. Tenemos ese equipo. Lo he repetido en multitud de ocasiones, nos presentamos a las elecciones con una lista para gobernar, los ciudadanos nos han dicho que lo hagamos, y lo vamos a hacer.
Y no quiero terminar sin acordarme de los 882 mayores problemas de este municipio. Son problemas con nombres y apellidos que han perdido, o nunca han tenido, el mayor patrimonio que, a mi juicio, puede poseer una persona: Un puesto de trabajo. Dentro de nuestras limitaciones, como administración local pequeña que somos, la lucha contra el desempleo será objetivo prioritario, y la forma de hacerlo será apoyando hasta donde podamos, y con la mayor fuerza posible a todos aquellos emprendedores y empresarios que quieran establecerse en nuestro municipio, a la vez que buscaremos que los que ya están se mantengan y crezcan. Su crecimiento será el de todos. Ellos son los que en verdad pueden crear riqueza y empleo.
Gozón es un municipio precioso, un buen lugar para vivir. Quiero que la sociedad de Gozón sea también una sociedad ejemplar para convivir. Muchas veces los problemas de convivencia vienen provocados por los gobernantes y sus actitudes. Les  prometo que haremos de Gozón un modelo para vivir y para convivir. Os pido vuestra ayuda para conseguirlo.
Me refería al principio a los que han votado a mi partido y a los que han votado otras opciones. Desde hoy, soy el Alcalde de todos, y me esforzaré en ser un buen Alcalde para todos, espero y deseo conseguirlo, con suerte, que siempre hace falta, y, como no, también con la ayuda de todos.
Muchas Gracias….y a trabajar desde ya, que hoy es día laborable.




[1] Discurso de investidura de Javier Fernández como Presidente del PPAA 2012

miércoles, 18 de febrero de 2015

EL PSOE DE GOZON TIENE LAS COSAS CLARAS: NO SOBRA NINGÚN SOCIALISTA.


Nada hay que objetar a que organizaciones políticas con diferentes ideologías concurran a un proceso electoral. Es más, diría que es higiénico y saludable. Cosa distinta es que determinadas personas confundan un partido político, organización que debe ofrecer un modelo ideológico y un proyecto para transformar la sociedad, con plataformas personales al servicio de unos pocos.
El partido Socialista cuenta con mecanismos democráticos para que cualquier militante pueda aspirar a dirigir la organización en sus diferentes niveles territoriales. La Agrupación de Gozón no es ajena a dichos mecanismos.

De igual modo, nuestra organización también dispone de una normativa interna, tamiz para que quienes pretendan utilizar nuestras siglas en interés propio, salgan a la luz, y llegado el caso puedan ser expulsados. Siempre es de agradecer no tener que llegar a estos extremos, y que quien vea que sus objetivos no tienen cabida en el PSOE,  busque  acomodo bajo otras siglas.
 
El proceso para la elección de la lista para concurrir a las elecciones de mayo próximo se desarrollará durante el presente mes. La Ejecutiva del Partido Socialista de Gozón presentará la suya,  y cualquier militante que lo desee puede  hacer lo propio para que los afiliados decidan libremente con su voto.
La Agrupación Socialista de Gozón ha visto como el número de militantes ha aumentado un 40%, descontados ya los que voluntariamente han decido abandonar la Organización, desde que la nueva Ejecutiva, elegida frente a otra lista, gano el proceso en noviembre de 2012.
 
El partido Socialista de Gozón, su Grupo Municipal, ha dicho no, dice no y seguirá diciendo no: Al uso de los bienes públicos con carácter privativo por unos pocos (p.e. casetas de la playa), a la utilización de fondos públicos para intereses particulares (p.e. fondos de Aquagest ), a incrementos salariales escandalosos a unos pocos trabajadores, a la especulación urbanística, al aprovechamiento ilegítimo de concesiones municipales, y a un largo etc. Nunca miraremos para otro lado, ni cejaremos en nuestra obligación de velar por un cumplimiento escrupuloso de la legalidad.
Nuestro trabajo se centrará en lo dicho: ofrecer una alternativa socialista al actual gobierno del PP. Otros parecen buscar una alternativa a la oposición. Llama la atención que las críticas se centren en nuestro grupo y no en el partido que ha gobernado nuestro municipio los últimos 12 años.

¿Lo único que les estorba de la actual corporación es el PSOE? ¿Están contentos de cómo ha gobernado el PP estos doce años?, si así fuera, y si les falla UPyD, pueden tratar de que les acojan bajo sus siglas, son las ventajas de la flexibilidad, ¿ ideológica?, de la que algunos hacen gala. Que cada cual saque sus conclusiones.